Todos, en mayor o menor cantidad, poseemos cosas. El poder disfrutar o disponer de estas cosas se llama derecho de propiedad.
Dios manda respetar los bienes ajenos en los mandamientos séptimo y décimo.
El séptimo mandamiento es: "No robarás". Este mandamiento prohíbe hacer daño al prójimo en sus bienes, y esto se puede hacer de muchas maneras.
El que entra en una casa rompiendo la puerta y se apodera después de alguna cosa comete un robo llamado rapiña.
Quien entra en una casa cuya puerta está abierta y coge dinero que hay encima de una mesa comete un hurto.
El comerciante que no da el peso exacto o entrega mercancías malas por mercancías buenas comete un fraude.
El que presta dinero y cobra un interés abusivo es responsable de un delito de usura.
Quien por medio del engaño se apodera de los bienes ajenos comete una estafa.
El que tiene que pagar una deuda o entregar mercancías y, pudiendo, tarda mucho tiempo en hacerlo, es responsable de injusta retención.
Y el niño que, al pasar por un campo arranca una rama o unas matas, o el que rompe cristales tirando piedras, o raya y destroza puertas y ventanas, comete lo que se llama daño injusto.
Los que roban o retienen lo ajeno o hacen daño al prójimo en sus bienes, quedan con la obligación de restituir lo mal adquirido, y de reparar cuanto antes todos los daños causados. Mientras no se restituya lo robado o se reparen daños y perjuicios, no se perdona el pecado, aunque se confiese.
El décimo mandamiento de la Ley de Dios es: "No codiciarás los bienes ajenos".
Nos manda este mandamiento conformarnos con los bienes que Dios nos ha dado y con los que podamos adquirir por medios lícitos, y nos prohíbe el deseo desordenado de riquezas.
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